El Congreso del Estado reforma el Código Civil para regular el reclamo de vicios ocultos en bienes
En una sesión reciente, el Congreso del Estado aprobó importantes modificaciones al Código Civil de San Luis Potosí, propuestas por la diputada Cecilia Senllace Ochoa Limón. Las reformas establecen nuevos plazos para la extinción de acciones legales relacionadas con los vicios ocultos en bienes inmuebles y muebles.
La legislación ahora especifica que las acciones de reclamo por vicios ocultos en bienes inmuebles se extinguirán después de dos años, mientras que para los bienes muebles, el plazo será de seis meses. Esta distinción se realiza para adecuar los términos a la naturaleza y durabilidad de cada tipo de bien.
La diputada Senllace Ochoa Limón explicó que los vicios ocultos pueden ser reclamados únicamente en el contexto de contratos conmutativos, subrayando la importancia de estos contratos como requisito esencial para dichas reclamaciones. La reforma busca ofrecer un marco más justo y razonable para que los compradores de bienes inmuebles, en particular, tengan el tiempo suficiente para identificar y reclamar por defectos que no son inmediatamente evidentes.
La diputada señaló que, en el caso de los inmuebles, es crucial considerar la gravedad del daño. Los daños menores en accesorios pueden ser distintos de los daños estructurales graves, como problemas en cimientos, columnas, vigas, techos o muros de carga. Estos últimos, conocidos como daños estructurales, pueden no ser aparentes de inmediato y requieren de un período más largo para ser detectados y abordados adecuadamente.
La reforma al Código Civil de San Luis Potosí refleja un esfuerzo por proteger a los consumidores y por asegurar que tengan las herramientas legales necesarias para abordar problemas potencialmente serios y costosos después de adquirir propiedades. Esta medida es un paso adelante hacia la creación de un entorno de mercado más seguro y confiable para los ciudadanos del estado.